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Novedades trascendentes para mejorar la calidad institucional
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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
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Novedades trascendentes para mejorar la calidad institucional |
Por Carlos A. Chiara Díaz |
Muchos
sostienen con ejemplos y argumentos varios que la calidad
institucional de la República ha decaído en la Argentina y
ello se refleja en ciertas estadísticas comparativas a nivel
mundial.- Precisamente
por ello celebramos las buenas noticias que nos alejan de la
cultura inquisitiva y exhiben la decisión política de
legislar según Constitución tanto en el orden nacional como
provincial.- Así,
es ponderable que en medio de un panorama de constantes
avances por grupos y bandas organizadas con vínculos en el
narcotráfico y traducido en acciones gravísimas contra la
vida, la propiedad, el orden y las autoridades legítimamente
constituidas, se haya puesto en plena vigencia el 10 de
febrero ppdo. en toda la provincia de Santa Fe y para el
juzgamiento de todos los delitos, un nuevo código de
enjuiciamiento acusatorio, el cual sintetiza un programa de
política procesal de eficacia, celeridad y respeto en su
dignidad humana para los acusados, siendo de esperar que con
eso se obtengan resultados concretos que incrementen la
seguridad de la población.- Igualmente
es plausible y digno de destacar que se haya consolidado el
sistema escabinado en Córdoba, con integración de
tribunales en predominio de jueces legos y jueces técnicos
permanentes, a la
vez que en la provincias de Neuquén y Buenos Aires se haya
instaurado un régimen de jurados anglosajón por Ley Nº
2.784 en la primera, a regir desde el 1º/01/14, y otro
similar en la segunda por Ley Nº14.543, publicado en el B.O.
del 27/09/13, sosteniéndose que los integrantes del pueblo
no necesitan capacitación para juzgar delitos porque la
tienen por ostentar el poder soberano.- Además,
que esté en pleno proceso de sanción legislativa en la
provincia del Chaco un proyecto que sigue los lineamientos de
la Constitución Nacional y fue avalado por el Primer
Congreso Internacional sobre Juicio por Jurados, de
Resistencia, celebrado el 24 y 25 de octubre.- Igualmente
retempla el espíritu la presentación en tiempo y forma a la
titular del Poder Ejecutivo en la Casa de Gobierno, el jueves
13/02/14, por una Comisión Especial presidida por el
Ministro de la CSJN, Dr. Eugenio Zaffaroni, de un nuevo
proyecto de reforma integral al Código Penal en 289 artículos,
que responde al mandato constitucional de establecer la
codificación sistemática, proporcional y coherente en la
materia, pretendiendo que funcione el principio de que la ley
se presume conocida.- Así,
en la Parte General -Libro
Primero del Proyecto-, de 63 artículos, se comienza con
el reconocimiento de cuatro principios básicos: legalidad
estricta y responsabilidad, culpabilidad, ofensividad y
humanidad; personalidad y proporcionalidad.- A
su vez, el Libro
Segundo está dedicado a los delitos en particular, desde
los artículos 64 a 289, comienza con los crímenes contra la
humanidad, a los cuales corresponde la pena de prisión de 20
a 30 años, comprendiendo el genocidio, la desaparición
forzada de personas y otros crímenes contra la humanidad,
tomando como punto de apoyo y referencia la labor de una
Comisión de Reforma Integral al Código Penal, integrada por
diez (10) académicos y representantes de instituciones
vinculadas al quehacer judicial -la
cual tuve el honor de integrar- designada en el ámbito
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación
en el año 2004 y que el 31/08/06 entregó un proyecto
reformador e integrador del Código Penal y de sus leyes
complementarias, puesto a la consulta pública por un período
de tres (3) meses, sin que lograra tratamiento
legislativo.- Se
incorporaron varias instituciones como la legalización de la
tenencia de estupefacientes para consumo personal, el delito
de trata de personas; como así también se mantuvieron
otras, por ejemplo, la del aborto, que no es punible si es
producto de una violación y decidido libremente por la
embarazada. Se eliminó la reclusión perpetua y la
reincidencia.- Es
dable esperar que ahora se encare y defina también la
reforma del Código Procesal Penal de la Nación y se instale
el sistema acusatorio, reconocido por la CSJN en el caso “Casal”
(sentencia del 20/09/05) como el que se ajusta a los preceptos
constitucionales, a lo cual seguramente contribuirá el Congreso Federal sobre Reformas Legislativas que ha convocado el
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en
la ciudad de Mar del Plata, los días 24, 25 y 26 de febrero
de este año.-
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