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mayo  18, 2024

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Novedades trascendentes para mejorar la calidad institucional

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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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Novedades trascendentes para mejorar la calidad institucional

Por Carlos A. Chiara Díaz

Muchos sostienen con ejemplos y argumentos varios que la calidad institucional de la República ha decaído en la Argentina y ello se refleja en ciertas estadísticas comparativas a nivel mundial.-

 

Precisamente por ello celebramos las buenas noticias que nos alejan de la cultura inquisitiva y exhiben la decisión política de legislar según Constitución tanto en el orden nacional como provincial.-

 

Así, es ponderable que en medio de un panorama de constantes avances por grupos y bandas organizadas con vínculos en el narcotráfico y traducido en acciones gravísimas contra la vida, la propiedad, el orden y las autoridades legítimamente constituidas, se haya puesto en plena vigencia el 10 de febrero ppdo. en toda la provincia de Santa Fe y para el juzgamiento de todos los delitos, un nuevo código de enjuiciamiento acusatorio, el cual sintetiza un programa de política procesal de eficacia, celeridad y respeto en su dignidad humana para los acusados, siendo de esperar que con eso se obtengan resultados concretos que incrementen la seguridad de la población.-

 

Igualmente es plausible y digno de destacar que se haya consolidado el sistema escabinado en Córdoba, con integración de tribunales en predominio de jueces legos y jueces técnicos permanentes,  a la vez que en la provincias de Neuquén y Buenos Aires se haya instaurado un régimen de jurados anglosajón por Ley Nº 2.784 en la primera, a regir desde el 1º/01/14, y otro similar en la segunda por Ley Nº14.543, publicado en el B.O. del 27/09/13, sosteniéndose que los integrantes del pueblo no necesitan capacitación para juzgar delitos porque la tienen por ostentar el poder soberano.-

 

Además, que esté en pleno proceso de sanción legislativa en la provincia del Chaco un proyecto que sigue los lineamientos de la Constitución Nacional y fue avalado por el Primer Congreso Internacional sobre Juicio por Jurados, de Resistencia, celebrado el 24 y 25 de octubre.-

 

Igualmente retempla el espíritu la presentación en tiempo y forma a la titular del Poder Ejecutivo en la Casa de Gobierno, el jueves 13/02/14, por una Comisión Especial presidida por el Ministro de la CSJN, Dr. Eugenio Zaffaroni, de un nuevo proyecto de reforma integral al Código Penal en 289 artículos, que responde al mandato constitucional de establecer la codificación sistemática, proporcional y coherente en la materia, pretendiendo que funcione el principio de que la ley se presume conocida.-

 

Así, en la Parte General -Libro Primero del Proyecto-, de 63 artículos, se comienza con el reconocimiento de cuatro principios básicos: legalidad estricta y responsabilidad, culpabilidad, ofensividad y humanidad; personalidad y proporcionalidad.-

 

A su vez, el Libro Segundo está dedicado a los delitos en particular, desde los artículos 64 a 289, comienza con los crímenes contra la humanidad, a los cuales corresponde la pena de prisión de 20 a 30 años, comprendiendo el genocidio, la desaparición forzada de personas y otros crímenes contra la humanidad, tomando como punto de apoyo y referencia la labor de una Comisión de Reforma Integral al Código Penal, integrada por diez (10) académicos y representantes de instituciones vinculadas al quehacer judicial -la cual tuve el honor de integrar- designada en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación en el año 2004 y que el 31/08/06 entregó un proyecto reformador e integrador del Código Penal y de sus leyes complementarias, puesto a la consulta pública por un período  de tres (3) meses, sin que lograra tratamiento legislativo.-

 

Se incorporaron varias instituciones como la legalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal, el delito de trata de personas; como así también se mantuvieron otras, por ejemplo, la del aborto, que no es punible si es producto de una violación y decidido libremente por la embarazada. Se eliminó la reclusión perpetua y la reincidencia.-

 

Es dable esperar que ahora se encare y defina también la reforma del Código Procesal Penal de la Nación y se instale el sistema acusatorio, reconocido por la CSJN en el caso “Casal” (sentencia del 20/09/05) como el que se ajusta a los preceptos constitucionales, a lo cual seguramente contribuirá el Congreso Federal sobre Reformas Legislativas que ha convocado el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en la ciudad de Mar del Plata, los días 24, 25 y 26 de febrero de este año.-

 

 

Citar: elDial.com - CC3881

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